Se publicó un boletín emitido por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el cual declaró acerca de la orden que dictó el Instituto Nacional Electoral (INE), la que refiere a la orden de suspender el spot publicitario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), mencionando que le faltan motivos y fundamentos a la orden que dictó.
Dicho esto, la TEPJF refiere que la orden del INE no tiene los suficientes fundamentos para referir que el spot del PRD afecta a la imagen pública del periodista Joaquín López Dóriga.
Se pide revisar cada detalle de tal caso, por el hecho de utilizar el término "calumnia", esto con el fin de verificar que el contenido del spot efectivamente es una calumnia para el periodista, con base a lo que dicta la ley.
La TEPJF exigió al INE fundamentar st orden con argumentos claros, con base a la ley, para decidir el destino del spot del PRD
Recordemos que el periodista Joaquín López Dóriga, declara una queja al INE por supuestas calumnias a st imagen, asociándolo con la corrupción. Por ello el pasado 10 de enero se retiró la difusión de dicho spot.
Al final, serán las autoridades correspondientes quiénes añadirán el valor necesario a las declaraciones que se hagan, para determinar posibles daños al periodista y el destino del spot.
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